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LaLiga denunció a Bale por el festejo ante el Atlético de Madrid, ¿Qué sanción le podrían dar al galés?

El festejo ocurrió durante el “derby” de Madrid que se disputó el último fin de semana y el cual fue victoria para el Real.
LaLiga denunció a Bale por el festejo ante el Atlético de Madrid, ¿Qué sanción le podrían dar al galés?
Jueves 14 de Febrero de 2019

El último fin de semana el Atlético de Madrid recibió a su clásico rival en su flamante estadio. Tras un encuentro que tuvo al VAR como amplio protagonista, uno de los detalles que más quedaron en grabados en la memoria de los hinchas “Colchoneros” fue el gesto que Gareth Bale hizo mirando a la tribuna.

Tras crearse una polémica por la situación, LaLiga ha denunciado ante el Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol al delantero galés del Real Madrid. LaLiga presentó un escrito en donde se señala la fuerte reacción tenida por el jugador al celebrar realizando un “corte de manga”.

La denuncia se basó en el artículo en el cual se anuncia que se perseguirá de cerca todos los gestos que inciten a la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

"En el minuto 73 de partido, y tras anotar el jugador del Real Madrid CF, Gareth Bale, dorsal 11, el tercer gol de su equipo, en la celebración de este, siendo audible en la grabación audiovisual del partido algunos abucheos de parte de los aficionados locales, agita el brazo derecho llevándoselo a la proximidad de su cabeza, en previsible signo de provocación animosa al público, efectuando posteriormente un ademán de posible significado obsceno y despectivo levantando el brazo doblado y golpeándose en la mitad de él con la otra mano" puede leerse en el informe presentado por LaLiga.

Será ahora el turno del Comité de Competición que debe decidir si acepta la denuncia hecha por LaLiga o no. De ser aceptada, la sanción podría ir desde uno hasta 14 partidos para el jugador del Real Madrid. Todo depende de lo siguiente que se explica en el reglamento del fútbol español: “Las posibles sanciones para esas provocaciones varían en función de si concurre esa conducta configuradora del tipo infractor: que la provocación obtenga el propósito perseguido de provocar la animosidad del público. Si se produce, se sancionará al infractor con suspensión de cuatro a doce partidos; si no se obtiene la animosidad del público, la suspensión será de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes. Esto siempre que el Comité considere que la celebración denunciada supone una provocación al público".