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La millonaria comisión que gana Pique por cada edición de la Supercopa de España

El certamen español se acordó jugar en Arabia Saudita hasta 2025 por 40 millones de euros anuales.
La millonaria comisión que gana Pique por cada edición de la Supercopa de España
Lunes 18 de Abril de 2022
Gerard Piqué es reconocido no solo por ser un futbolista icónico del Barcelona, sino también por sus negocios fuera del campo de juego. Tal es así, que junto a su empresa Kosmos cambió el formato de la Copa Davis y luego lo hizo con la Supercopa de España, donde enfrenta a los mejores equipos españoles en pocos días convirtiéndola en una competencia más atractiva.



Lo cierto, es que detrás de esta revolución hay motivos económicos: cada Supercopa recauda 40 millones de euros anuales por parte de Sela, compañía pública de Arabia Saudí que se encarga de organizar grandes eventos deportivos y culturales en su territorio, y del 100% de la torta, el 10% se lo lleva el jugador español de comisión por acercar las partes, es decir 4 millones de euros por cada una de las ediciones hasta 2025.

En este sentido, en una entrevista en la Cadena Cope en noviembre de 2019, el presidente de la Real Federación Española de Fútbol, Luis Rubiales, había comentado: “La empresa Kosmos nos presentó a esta gente de Arabia y la Federación les comunicó que no íbamos a pagar ninguna comisión. La Federación no ha pagado ninguna comisión a Kosmos porque hemos negociado directamente con la administración saudí”.

Por lo que, a pesar de los rumores que se generaron luego de que se filtraran las cifras, la operación no iría en contra del artículo 24 del Código Ético de la RFEF: “Las personas sujetas al presente Código no aceptarán, entregarán, ofrecerán, prometerán, pedirán o solicitarán comisiones, en su beneficio o en el de terceros, por negociar o cerrar acuerdos u otras transacciones en relación con sus funciones, salvo que esté así establecido en un contrato legítimo”.



Sin embargo, Piqué forma parte del torneo y podría vulnerar el artículo 22 del Código Ético: “Las personas sujetas a este Código no podrán ejercer sus funciones - en particular, preparar y participar en la toma de decisiones- en situaciones en las que haya un conflicto de intereses que pueda afectar a su actuación, sea este conflicto real o posible”.